EL IMPACTO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN TIEMPOS DE VIRTUALIDAD: LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MESA DE PARTES VIRTUAL

Code: 231115005
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Título

EL IMPACTO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN TIEMPOS DE VIRTUALIDAD: LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MESA DE PARTES VIRTUAL

Autor(a):
  • Anthony Juan Félix Arizaca Maquera

    Arizaca, Anthony Juan Félix

DOI
10.37885/231115005
Publicado em

30/03/2024

Páginas

97-108

Capítulo

7

Resumo

La tecnología ha avanzado a pasos gigantescos, englobó a toda la humanidad, sin dejar de lado a nadie y nuestro sistema administrativo también fue parte de ello, sin Comúnmente se dice que la administración pública peruana es ineficiente, lenta, burocrática y sobre todo corrupta; no les falta razón a quienes observan a las entidades conformantes de la administración pública como un sistema donde los trámites son engorrosos o donde se tiene que “pedir” a la persona encargada que pueda dar impulso a los escritos presentados y que se agilicen los trámites, entregando un bien u obsequio inmediato; se observa mucha inoperancia por parte del personal administrativo que, además, atiende de mala forma a los administrados. Cuando inició la pandemia, todas las entidades públicas iniciaron una atención virtual mediante diferentes plataformas: el Poder Judicial volvió masivo el uso del sistema de notificaciones electrónicas (SINOE) tanto para el ingreso de escritos de mero trámite como para la presentación de demandas y denuncias; el Ministerio Público comunicó a los abogados y litigantes que el envío de documentación como apersonamientos y escritos simples debía efectuarse vía un correo electrónico creado con dicho fin; algunas municipalidades y gobiernos regionales implementaron una plataforma de recepción documental digital para el envío de recursos o pedidos. No obstante ello, y pese a la creencia que al volverse digitales los trámites, se iba a tener un procedimiento de atención más expeditivo, hemos visto que los procesos se han vuelto más lentos que cuando la recepción era presencial; ello ha motivado que se apruebe y promulgue la Ley 31465, que establece, entre otros, la exigencia de que las entidades implementen la MPD y la realización de notificaciones electrónicas, además de eliminarse la exigibilidad de la presentación física de los documentos presentados por medios digitales. En el presente capítulo, se buscará analizar la necesaria implementación de la mesa de partes digital en las entidades públicas para agilizar y volver más céleres los trámites administrativos, teniendo también como sustento el aporte doctrinario de algunas de las voces más autorizadas en derecho público.

Palavras-chave

Administración pública/mesa de partes/modernidad/virtualidad.

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